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Propone Vicente Gómez reforma para garantizar indemnizaciones y pensiones para personas con enfermedades crónico degenerativas

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Fuente: Contramuro Noticias en Michoacán / POLÍTICA /

Iniciativa legislativa busca garantizar pensiones para personas con enfermedades crónico degenerativas.

Morelia, Michoacán.- El garantizar indemnizaciones y pensiones alimenticias a las personas que padecen enfermedades crónico degenerativas, es el objetivo de la iniciativa para reformar y adicionar diversas disposiciones al Código Familiar para el Estado de Michoacán que presentó el diputado por el Distrito XIX con cabecera en Tacámbaro, Vicente Gómez Núñez.

En la sesión extraordinaria del pleno del Congreso de la LXXVI Legislatura del , el legislador expuso la necesidad de enunciar y salvaguardar la exigencia de los derechos de quienes padecen enfermedades conocidas como no transmisibles y que requieren del amparo de la ley para sobrellevar su enfermedad.

Durante su intervención en tribuna, el diputado del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo (GPPT), recordó que recientemente presentó dos iniciativas encaminadas al reconocimiento de los derechos de las personas con enfermedades crónico degenerativas, por lo que con esta propuesta, estarían también en condiciones de acceder a pensiones alimenticias e indemnizaciones.

En la propuesta presentada, se especifica que las Enfermedades No Transmisibles (ENT), también conocidas como enfermedades crónicas, suelen ser de larga duración y son el resultado de una combinación de factores genéticos, fisiológicos, ambientales y de comportamiento; y requieren de una constante revisión médica, compra de medicamentos y diversos gastos; que a su vez, conllevan la reducción de la capacidad laboral y por ende la estabilidad económica de los pacientes y sus familias.

En el Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo, se contempla el derecho de los cónyuges, concubinos y convivientes, que carezcan de ingresos y bienes suficientes para su sostenimiento a solicitar una pensión alimenticia a su ex cónyuge, ex concubino y al ex conviviente, sin embargo; se hace necesario reconocer que existen situaciones en las que la exigibilidad de este derecho debe ponderarse frente a principios de equidad y justicia.

En tal sentido, la propuesta está encaminada garantizar el respeto a los derechos humanos y la dignidad de las personas en situación de vulnerabilidad, promoviendo un trato justo y equitativo, para que mejoren la calidad de vida de quienes enfrentan condiciones de salud adversas.

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