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Advierte constitucionalista que omisión estatal también es violación a derechos

Constitucionalista alerta que la omisión institucional puede constituir discriminación y agravar daños irreparables por violación a derechos humanos

Morelia, Michoacán.- El constitucionalista Gumesindo García Morelos, experto en litigio estratégico y amparo, advirtió que las autoridades incurren en violaciones a derechos humanos no sólo por acciones directas, sino también por omisión, especialmente cuando dejan sin atención situaciones que exigen respuestas inmediatas para evitar daños irreparables.

En el marco del conversatorio realizado tras la firma del convenio entre el ayuntamiento y la Comisión Estatal de los Derechos Humanos (CEDH), con motivo del Día Internacional de los Derechos Humanos, este lunes en el Centro de Atención Municipal (CAM) de Morelia, García Morelos discurrió en torno a los retos pendientes aún para consolidar un estado democrático y una relación virtuosa entre los derechos de la población y el ejercicio del poder.

García Morelos sostuvo que las omisiones institucionales, ya sea en salud, educación, justicia o servicios administrativos, pueden constituir discriminación cuando las autoridades no aplican medidas diferenciadas para atender a personas vulnerables. Subrayó que la falta de diagnóstico, de acceso, de respuesta o de protección no es un vacío administrativo, sino una forma de violación que agrava desigualdades estructurales.

Recordó que, conforme al marco constitucional y convencional, los derechos humanos son exigibles incluso cuando no están previstos de manera expresa en la legislación, pues los tratados internacionales y el artículo primero de la Constitución obligan a las autoridades a garantizar, promover y proteger derechos sin esperar reformas específicas o lineamientos adicionales.

El académico explicó que en casos de riesgo vital o daño irreversible, el Estado debe actuar con urgencia. Expuso que el juicio de amparo permite obtener medidas cautelares en una o dos horas, lo cual puede salvar vidas cuando instituciones médicas niegan medicamentos, cuando una negligencia afecta la integridad de una persona o cuando niñas y niños enfrentan violencias como el bullying escolar. Recalcó que la justicia tardía es una forma de revictimización.

García Morelos ejemplificó que niñas, niños, personas con discapacidad, mujeres cuidadoras, pacientes en situación crítica y comunidades marginadas requieren medidas inmediatas que muchas veces no llegan. Advirtió que la ausencia de intervención estatal en estos casos es una forma directa de vulneración, y que ninguna autoridad municipal o estatal puede excusarse en falta de competencia para aplicar un enfoque diferenciado.

Ante funcionarios municipales, señaló que el Estado mexicano mantiene una deuda estructural en derechos económicos, sociales y culturales, donde la omisión sigue siendo la regla. Llamó a reconocer que la protección efectiva no depende de discursos o protocolos, sino de intervenciones inmediatas que impidan que los daños se vuelvan irreparables.

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